Propuesta para una sociología del delito

La sociología del delito es un tema muy capaz para ser maleado. Lo más corriente es regarlo con argumentos clasistas: hasta dejarlo como el cieno. Con malearlo no pierde carácter, no se crean; simplemente, como en un pantanal, lo único que se consigue con mucha diligencia, es salir pringado. Ahora, aquí, ante todo, voy a intentar no arrastrarme entre conjeturas clasistas.

Comenzaré tratando de vislumbrar la naturaleza del delito. Diré, al efecto, que se trata de una mala intención. Fíjense que tanto "mala", como "intención", representan nociones muy dinámicas. De hecho, una intención, es algo que tiene fama de ser insondable por terceros. Y, por decir algo de lo malo, piénsese en que cada día se publican cientos de normas por todo el mundo que declaran nuevas cosas prohibidas (cosas que se igualan a lo malo). Pero a pesar de la dificultad, cada uno sí entiende, respecto de sí mismo, lo que es una mala intención. Por lo tanto, sería bastante verosímil decir, que las malas intenciones existen y que significan algo que cada uno conoce. Y como ya nos estamos imaginando, la necesidad de avanzar, no por el lado de lo que sea el delito, ha de dejar esta puerta bajo sus propias llaves y aparte.

Sea que, como malas intenciones tenemos todos y todos los días, nada más fácil de concluir que todos estamos diariamente delinquiendo. Para el que no quiera aceptar esto, se sugiere rápidamente que no acepte la naturaleza propuesta de delito como "una mala intención". Es más, incluso si no desease impugnar el aforismo de "Nulla poena sine culpa", no tendría más que alegar el principio de legalidad "Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege". Pero quede dicho que esta oposición desde aforismos, antes que nada abriría una discusión terminológica; pues, no por no tener una tipificación legal, los actos dolosos dejan de existir. Luego, si no hay pena sin culpa, se propone, aún a riesgo de fallar, que tampoco hay culpa sin pena. Aceptemos aquí, pues, que la relación del aforismo, es ahora recíproca. No aceptarlo, en realidad, solo implica que se podría ser culpable, y como consecuencia no quedar obligado a pago de pena de ningún tipo; o sea, ser culpable pero no reo. Cosa, esta última, que tampoco se está estudiando ahora, sino solo se hablaba de la culpa.

Y siendo entonces, que a todos nos liga el reato, ¿no es cierto a más, que todos somos reos y ello independientemente de la clase social en la que crecimos?

Pues bien, si un denominador común de la capacidad de obrar es el delito, la conducta dolosa para entendernos, entonces, la sociología del delito, partiendo de esta base, deberá preguntarse si existen distintos perfiles sociales que se correspondan con distintos perfiles de conductas dolosas. No es que el delito prolifere en las clases bajas, sino qué tipos de delitos proliferan en las clases bajas y qué otros en las clases altas. En relación con esto, convendría clasificar las conductas dolosas, al menos de cara al análisis sociológico, no tanto según los distintos bienes jurídicos que ofendan, sino según el gasto económico que supone cometerlas. Por ejemplo, si la malversación de fondos proliferará más en unas clases y las injurias en otras. También, en relación con esto, convendría investigar si las clases sociales más pudientes, se inclinan por conductas dolosas que conllevan más gasto de energía, y desprecian aquellas otras más baratas de cometer.

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