La pirámide política (11)

Aunque la voluntad y los actos humanos, puedan combinar la Ley de la gravedad con otros conocimientos, y predecir o manejar sus efectos, no se debe afirmar que el ser humano pueda cambiar sus determinaciones. Por ejemplo, construyendo un sistema de rotación cuya fuerza centrífuga equilibre la atracción de la fuerza de gravedad, se provocan unas ciertas condiciones de ingravidez, pero no se consigue modificar las leyes ni su causalismo.

El hecho de que la voluntad humana se vea condicionada por la idea de lo común y que ésta sea un límite para ella, tiene que ver con la libertad humana. A nuestro entender, por otro lado, lo común se debe predicar del hecho cooperativo. Entendemos la cooperación como una forma de relacionarse los seres humanos (ya que no puede decirse, sino quizás forzándolo hasta lo paradójico, que dos seres humanos que intentan destruirse entre sí, se estén relacionando mediante cooperación); si la predicación puede o no hacerse reversible, es cuestión distinta, que afecta a otros propósitos, aunque por ahora, aventuraremos la reciprocidad.

Hicimos la distinción entre esclavitud y subordinación mediante la diferencia de la libertad. Ahora se trata de enfrentar la voluntad del subordinante con el elemento de lo común, que caracteriza la cooperación. ¿Se puede realmente lesionar una propiedad de una unidad genérica? ¿Se puede lesionar a voluntad la propiedad de ser pobre, correspondiente al grupo de personas desamparadas? ¿En qué consiste una lesión para estos casos? ¿Cómo se lesiona lo común y se quebranta el sistema en el que se integra? ¿Es ello posible?

En la medida en la que con estas conceptualizaciones (subordinación, cooperación, libertad, común…), nos estemos aproximando a una realidad de la que no somos más que una parte, la idea de lesionar esa realidad ofrece la misma perspectiva que la idea que antes aludí de modificar las leyes de la Naturaleza. Por ello la lesividad de lo común, tiene un significado que recibe la singularidad de lo humano, porque es necesario que de la acción humana pueda predicarse, en términos absolutos, su carácter negativo y positivo. El elemento de lo común puede lesionarse, no porque se modifique su conexión con la unidad de la cooperación, que es inalterable, ni porque se modifique su unidad, que es indivisible, sino porque su causalidad sea anulada. Sin embargo esta no es la razón de la lesión, ya que se pueden anular ciertos efectos de las leyes de la Naturaleza (como hemos dicho para la ley de la gravedad), sin que ello signifique que dichas leyes han sido lesionadas. El anular sus efectos es una condición de lesividad, pero no su razón.

Como apuntamos, la lesión de lo común es necesario abordarlo desde la libertad humana, porque sólo a través de la libertad se puede comprender la capacidad del ser humano para dañar a la Naturaleza y sus determinaciones.

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