La pirámide política (9)

Una relación de subordinación siempre responde a una norma (como mínimo a la que establece la función de sujeción subordinante-subordinado), y en la medida en que la actividad que se desarrolla bajo la relación de subordinación, se comprende en alguno de los conceptos de lo común que hemos propuesto (lo que, por cualidad o cantidad, sólo puede ser hecho en grupo, o lo que puede ser hecho individualmente pero se hace en grupo), así será que tanto la subordinación como lo común habrán de mantener una relación entre sí. De esta forma hemos aplicado el concepto de lo común al principio de la actividad generada, la cual es producida según el régimen de la subordinación.

Nos preguntamos si la cooperación, que hemos definido como una forma de actividad que produce lo común, es una especie de subordinación. Si así fuese, toda relación de cooperación implicaría subordinación. También es necesario preguntarse si, por el contrario, toda subordinación implicaría cooperación. Ciertamente, si la cooperación es independiente de la libertad, inversamente a lo considerado para la subordinación, entonces habría cooperación incluso entre un amo y su esclavo. Así, podríamos concluir que en toda subordinación existe cooperación, y no a la inversa.

Por ser cooperativa, toda relación de subordinación está directamente vinculada a lo común.

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